A mediados del mes de octubre se destapó un escándalo en la prensa a nivel nacional que cimbró al poder legislativo y a la clase polÃtica mexicana. Un documento que llegó a la redacción del periódico El Universal reveló que una destacada firma internacional de consultorÃa -con oficinas en México- cobra $1 millón de dólares más IVA por cada artÃculo de la propuesta de reforma fiscal que dicha firma lograra modificar o eliminar, a través de la práctica conocida como “lobbying†o “cabildeoâ€. También se dio a conocer que esta empresa de consultorÃa cobra $70,000 dólares más IVA por cada entrevista con cualquier legislador y $5,000 dólares más IVA por hora invertida en el análisis. El objetivo era modificar o eliminar el impuesto del 10% a las ganancias de las personas fÃsicas en la Bolsa Mexicana de Valores.
Para ser honestos, la práctica del cabildeo a pocos sorprende, pues de acuerdo a El Universal viene practicándose en México desde 1997, cuando el PRI perdió la mayorÃa en el Congreso y con la nueva representación de las fuerzas polÃticas, los cabilderos comenzaron a acercarse a los legisladores para tratar de influir en ellos.
El “cabildeo†(también conocido como “lobbyingâ€) es el acto de intentar influir en las decisiones tomadas por los funcionarios del gobierno, la mayorÃa de las veces los legisladores o miembros de organismos públicos reguladores. El cabildeo se lleva a cabo a través de diversos tipos de personas y grupos organizados, como individuos en el sector privado, empresas, los propios legisladores o funcionarios del gobierno, u otros grupos de interés, tales como sindicatos, asociaciones o confederaciones. Sin embargo, desde su trinchera, la Asociación Nacional de Profesionales del Cabildeo (que agrupa a las 22 consultoras más importantes del sector) afirma: “nuestro objetivo es proveer a los tomadores de decisiones información, porque esa es la función del cabildeoâ€.
El Reglamento de la Cámara de Diputados define como cabildeo a “toda actividad que se haga ante cualquier diputado, diputada, órgano o autoridad de la Cámara, en lo individual o en conjunto, para obtener una resolución o acuerdo favorable a los intereses propios o de tercerosâ€. De acuerdo al más reciente “registro público de cabilderos†de la Cámara de Diputados, hay 564 cabilderos de 81 empresas y 112 personas fÃsicas que ejercen estas actividades. Pese a que entre 2001 y 2010 se han presentado -tanto en la Cámara de Diputados como en la de Senadores- 16 iniciativas para regular esta práctica, ninguna de ellas ha sido aprobada.
Aunque el término tradicionalmente se refiere a los “negociadores del poder legislativo”, para mà el concepto de “cabildeo†es un poco más amplio. Yo lo definirÃa como cualquier acto que pretenda disuadir o influir en las decisiones que toman legisladores, jueces, magistrados, autoridades o cualquier entidad pública que pueda “afectar†-en el curso normal de sus actuaciones- a empresas, grupos o ciudadanos. Entiéndase por “afectar†cualquier impacto o resultado no deseado por estos sectores. Nótese que el impacto o afectación no necesariamente son “negativos†o “en detrimento†de quienes promueven en cabildeo, simplemente se busca evitar “actuaciones no deseadas†por parte de la autoridad.
Dicho de manera un tanto simple:
- el que quiere una ley o una reforma favorable a sus intereses, “cabildea†con diputados o senadores;
- el que busca una sentencia o juicio favorable a sus intereses, “cabildea†con el juez o magistrado;
- el que desea ganar una licitación pública, “cabildea†con la autoridad licitante; y
- el que desea una resolución administrativa favorable, “cabildea†con el IFAI, el IMPI, el INDAUTOR, la COFETEL (ahora IFT) o cualquier autoridad de la cual se busque obtener un resultado acorde a los intereses de una empresa o grupo.
La nota con la que abrà esta columna refleja solo un hecho notorio que llamó la atención a propios y extraños, pero obviamente no es el único. El lobbying o cabildeo se da de manera cotidiana en todas las instancias y niveles de gobierno, particularmente en los poderes legislativo y judicial, aunque el cabildeo en entidades dependientes del ejecutivo no canta nada mal las rancheras.
Pero más allá de definiciones o noticias alarmantes, lo que verdaderamente preocupa en mi opinión, son los puntos siguientes:
1)     ¿Cómo se lleva a cabo esta práctica de cabildeo? Al no estar regulada la práctica, las actuaciones de los cabilderos se pueden dar “en lo oscuritoâ€, lo cual siempre motivará suspicacias o sospechosismos;
2)     ¿Quién la lleva a cabo? El “registro público de cabilderos†de la Cámara de Diputados ¿sirve realmente de algo? Tenerlos en una lista, además de revelar su “identidadâ€, domicilio y otros datos de contacto, ¿qué utilidad relevante tiene? Y los cabilderos de otros poderes o instancias públicas, ¿de qué beneficios gozan para no estar “empadronadosâ€?;
3)     ¿Qué intereses están detrás del cabildeo? También serÃa no solo relevante sino indispensable que cada cabildero declare qué intereses representa (¿quién lo contrata?, ¿cuál es su agenda polÃtica?);
4)     ¿Cómo puede afectar a los ciudadanos este tráfico de influencias? Además de la falta de transparencia de esta actividad, creo que lo que más afecta a los ciudadanos es que la industria mueve intereses muy fuertes, los cuales pueden estar respaldados por cantidades millonarias invertidas en labores de cabildeo (las cuales pueden incluir dádivas, regalos y otros “incentivos†similares) y el poder polÃtico que representan los “cabilderos profesionales†(firmas consultoras) y los “cabilderos agremiados†(cámaras, asociaciones, confederaciones, etc.). Por los intereses de los ciudadanos nadie vela en esas misteriosas reuniones. En la mesa de negociaciones se sienta el poder polÃtico con el poder económico, ¿en qué posición quedamos los ciudadanos?
5)     ¿Por qué después de más de 10 propuestas presentadas a lo largo de una década no se ha podido aprobar ninguna norma que regule las actuaciones de los cabilderos? Supongo los profesionales de las “influencias†han hecho un trabajo muy eficiente para que esto no suceda.
En lo personal creo que lo mÃnimo que deberÃa regularse de la práctica del cabildeo es que toda sesión en donde se lleve a cabo esta práctica debe ser pública y deben estar representados todos los sectores involucrados:
- Los cabilderos;
- Quienes prepararon la propuesta de ley o reforma que los cabilderos quieren modificar; y
- Los ciudadanos (representados por la academia o asociaciones) y/o el gobierno, como terceros interesados y potencialmente perjudicados en caso de que se atiendan los intereses de los cabilderos.
A ti estimado lector, ¿qué te parece la labor de los cabilderos? ¿estás de acuerdo con ella? ¿deben ser regulados o permanecer como ahora, bajo el amparo de la astucia y las influencias?
excelente artÃculo y totalmente de acuerdo en que se regularice esta práctica, por que la imagen que se está dando es que se están realizando todas las negociaciones en lo obscurito
Gracias estimado Julián por tu comentario.
La destacada firma de consultoria internacional es PWC (Price Watehouse Cooper)
Gracias Rubén, saludos.
Gracias por compartir esta información, Joel, está muy interesante. No sabÃa que esta práctica empezó hace relativamente poco en México. Con razón la palabras ‘cabildeo’ y ‘cabildero’ no están tan arraigadas en el habla común de los mexicanos.
Saludos David, gracias por tu comentario!
Joel, excelente artÃculo que hace las buenas preguntas. Pero restringirÃa un poco más la definición que propones para hacer una distinción que me parece capital: el “cabildeo” (serÃa “lobbying” en inglés – y en franglish también) se hace para influenciar intereses privados (propios o de terceros) mientras la abogacÃa (“public advocacy” en inglés), aunque tenga el mismo propósito de influenciar, se hace para el interés público, el interés de la sociedad en general. Asà que propondrÃa la definición siguiente, cambiando un poco la tuya:
Cabildero: “Cualquier acto que pretenda disuadir o influir en las decisiones que toman legisladores, jueces, magistrados, autoridades o cualquier autoridad pública que pueda ‘afectar’ – en el curso normal de sus actuaciones – los intereses privados de empresas, gremios, organizaciones de derecho privado, grupos de ciudadanos, etc.”.
Esa definición, obviamente, se puede discutir: ¿qué es el interés general o
público?; ¿cómo se define?; ¿logran realmente proteger ese interés las personas que abogan por el? Pero, al final, no disminuye tanto la fuerza de
la distinción y se queda esencial para delinear más claramente actividades de cabilderos con las de abogados defensores del interés público.
En Europa y Estados Unidos, mi experiencia ha sido que suelen tratar de sembrar la confusión entre “public advocacy” o “advocacy” de un lado, y “lobbying” del otro los cabilderos de empresas o de gremios de la industria con el propósito que sus actividades no sean vistas como tan diferentes de las de grupos de abogacÃa pública o de defensa de derechos humanos o de consumidores. Unos ejemplos extremos son los llamados grupos “astro turf” (ver http://en.wikipedia.org/wiki/Astroturfing y http://es.wikipedia.org/wiki/Astroturfing) que suelen aparentar la figura de grupos de abogacÃa mientras los intereses que defienden solamente son privados.
En cuanto al Registro Público de Cabilderos, podrÃa resultar útil mirar el ejemplo del “Registro de Transparencia” de la Comisión europea (http://ec.europa.eu/transparencyregister/info/homePage.do?locale=es#es) que, aunque no sea perfecto, ha permitido llevar un poco más de transparencia sobre las actividades de los lobbyistas en la ciudad donde viven probablemente el mayor número de cabilderos – Bruselas.
Gracias Cédric por tus valiosos comentarios. Es buena la distinción que haces entre lobbying y public advocacy. Creo que debemos aprender de Europa en estos temas, pues sin duda nos llevan ventaja en este tema. Saludos!